Un capital en efectivo que se te paga a ti ante un diagnóstico oncológico confirmado, aparte de lo que cubra tu plan médico. El dinero es tuyo y lo usas en lo que haga falta.
Un plan médico cubre tratamiento. Lo que no cubre es todo lo demás que pasa cuando alguien de la casa recibe un diagnóstico de cáncer: los deducibles y coaseguros, los viajes a tratamiento, el tiempo sin trabajar, la persona que hay que contratar para cuidar a los niños, la comida distinta. Esa es la brecha que llena una cubierta de cáncer.
Funciona distinto a un seguro médico: no reembolsa facturas ni paga a proveedores. Ante un diagnóstico confirmado que cumpla las condiciones del contrato, la aseguradora te entrega un capital en efectivo directamente a ti, y decides tú en qué lo usas. Por eso se considera una cubierta complementaria y no un sustituto del plan médico.
Miramos qué deja destapado tu plan médico actual: deducible, coaseguro, tope de gastos de bolsillo. Ahí se ve el tamaño de la brecha.
Cada contrato define qué diagnósticos cubre, qué estadios, y qué exclusiones aplica. Esto es lo que hay que entender antes de firmar.
Se responde un cuestionario de salud. Yo no te pregunto diagnósticos ni te pido expedientes: la evaluación la hace la aseguradora conforme a su proceso.
Te dejo por escrito qué documentos pide la aseguradora, para que el reclamo no se trabe cuando menos ánimo hay para papeleo.
Te explico tus opciones con transparencia, comparo entre aseguradoras y te digo con franqueza si otra cubierta te encaja mejor. Sin compromiso y sin presión: la decisión siempre es tuya.
Precisamente por eso existe. Tu plan médico paga tratamiento; esta cubierta te da efectivo para lo que el plan no paga y para seguir viviendo mientras te tratas. Son dos cosas distintas y no compiten entre sí.
El historial familiar no es lo mismo que una condición preexistente tuya, y en muchos casos no impide la contratación. La aseguradora evalúa cada solicitud con su propio criterio. Lo que sí hago es buscar la compañía cuyo criterio de evaluación se ajuste mejor a tu situación.
Sí. Ante un diagnóstico cubierto conforme al contrato, el capital se te paga a ti directamente y no está condicionado a presentar facturas. Hay gente que lo usa para tratamiento, otra para cubrir la hipoteca los meses que no pudo trabajar.